La seguridad de los participantes de nuestro programa de tratamiento es nuestra máxima prioridad. Los derechos de los participantes del programa certificados por el NYS están protegidos por la Ley de Higiene Mental del Estado de Nueva York. Si cree que lo han maltratado o que se están infringiendo sus derechos, hable con el personal del programa. Con frecuencia, las partes involucradas pueden resolver los problemas dentro del programa. Si un problema no se puede resolver, o si cree que no puede hablar sobre el tema con su médico, su supervisor o el director del programa, tiene opciones. Si tiene quejas más importantes sobre un programa o su personal, comuníquese con la línea directa de defensa del paciente, el Centro de Justicia u otra línea de servicio del estado de Nueva York, tal como se indica a continuación al final de esta notificación. No se puede tomar ninguna medida punitiva contra las personas en tratamiento por expresar su preocupación.
El hecho de que esté recibiendo tratamiento psiquiátrico no significa que sea mentalmente incompetente. Se le considera legalmente competente a menos que un juez haya dictaminado que es incompetente.
Sus derechos no pueden limitarse como castigo o para la comodidad del personal. Estos derechos incluyen:
- El derecho a estar informado de las normas y reglamentos del programa.
- El derecho a recibir servicios sin distinción de raza, color, etnia, religión, sexo, orientación sexual o fuente de pago.
- El derecho a recibir la atención y el tratamiento clínicamente apropiados que se adapten a sus necesidades y que se administren de manera hábil, segura y humana, con pleno respeto por su dignidad e integridad personal.
- El derecho a un plan de servicio individualizado y a una explicación completa de los servicios prestados, y el derecho a participar en el desarrollo de su plan de servicio individualizado. Esto incluye los objetivos y la medición del progreso con sus médicos.
- El derecho a recibir tratamiento confidencial. A excepción de una emergencia médica, una orden judicial, el abuso infantil o los delitos cometidos en las instalaciones del programa, un programa generalmente no puede divulgar información sobre su tratamiento sin su consentimiento por escrito.
- El derecho a rechazar el tratamiento o interrumpirlo en cualquier momento y a recibir información sobre el efecto que esto podría tener en su salud o en su estado en el programa.
- El derecho a obtener, por escrito, una explicación de los motivos por los que se le dio de alta del tratamiento e información sobre el proceso de apelación del programa. Y, si es necesario, reciba ayuda para obtener tratamiento en otro programa.
- El derecho a no sufrir acoso sexual, conducta sexual inapropiada, abuso y maltrato por parte de los empleados.
- El derecho a un grado razonable de privacidad, incluida la privacidad del baño.
- El derecho a estar informado sobre las políticas y procedimientos de quejas del proveedor, y el derecho a presentar cualquier pregunta o queja al director del programa o a las organizaciones que figuran al final de este folleto.
- El derecho a ser tratado de una manera que reconozca y respete su entorno cultural.
En una categoría separada, su programa para pacientes ambulatorios puede informarle sobre estos elementos adicionales, aunque no son derechos establecidos en la ley o el reglamento:
- El nombre del miembro del personal que tendrá la responsabilidad principal, por ejemplo, como su persona de contacto principal o coordinador de servicios personales.
- Tratamientos alternativos disponibles para usted.
- Las reglas de conducta de su programa.
- El costo del tratamiento.
- La relación del programa con otras agencias en relación con los servicios adicionales.
- La autoridad bajo la cual opera el programa.
Sus responsabilidades durante el tratamiento:
- Actúe de manera responsable y coopere con el personal de su programa.
- Trate al personal y a los demás pacientes con cortesía y respeto.
- Respete el derecho de otros pacientes a recibir un tratamiento confidencial.
- Participe en el desarrollo y la finalización de su plan de tratamiento, que puede incluir la participación en actividades productivas.
- Pague el tratamiento de manera oportuna, de acuerdo con sus posibilidades.
- Hable con un médico acerca de los problemas que afectan el progreso y la recuperación del tratamiento.
- Ofrezca sugerencias para mejorar las operaciones del programa.
- Hable con un médico antes de terminar el tratamiento; no se limite a parar o marcharse.
- Haz preguntas sobre cualquier parte del tratamiento que no entiendas.
NOTA: Puede ser dado de alta del programa si su participación ya no es clínicamente apropiada o si participa en una conducta que representa un riesgo de daño físico para usted o para otras personas.
Privacidad y confidencialidad
La ley protege su derecho a la privacidad y la confidencialidad durante el tratamiento. Esto incluye las conversaciones entre usted y el personal que brinda los servicios y la información que figura en su expediente. Tiene derecho a ver su expediente de tratamiento, a menos que haya una razón clínica por la que no debería hacerlo, y a solicitar que su médico analice su expediente de tratamiento con usted. Puede solicitar que se envíe su expediente a cualquier otro proveedor de servicios o a su abogado. Si es menor de 18 años, un padre o tutor legal puede hacer esta solicitud.
Por lo general, la información de su expediente de tratamiento no se puede divulgar sin su consentimiento por escrito. Sin embargo, en circunstancias limitadas, la ley puede permitir o exigir la divulgación de expediente o información a ciertas personas, agencias gubernamentales u organizaciones proveedoras. La mayoría de las divulgaciones se anotarán en su expediente y usted tiene derecho a obtener información sobre ellas si lo solicita. La ley establece que no es necesario llevar anotaciones cuando los expedientes se divulgan al Servicio Jurídico de Higiene Mental, a los revisores de calidad de la atención o a los agentes financieros del gobierno que se ocupan de los pagos. La ley también establece que, en el caso de las divulgaciones que se hagan a las compañías de seguros autorizadas en virtud de la Ley de Seguros del Estado, dicha anotación solo debe ingresarse en el momento en que se hace la divulgación por primera vez.
Acceso al expediente
Se le debe dar la oportunidad de inspeccionar su expediente clínico cuando haya presentado una solicitud por escrito. La ley permite algunas limitaciones a este acceso, en función de la justificación clínica. Un programa puede imponer un cargo razonable por todas las inspecciones y copias. El cargo no puede superar lo que estos servicios realmente le cuestan al programa. En ningún caso un programa puede cobrar más de 75 centavos por página. Si no está de acuerdo con alguna parte de su expediente, puede presentar una declaración por escrito en la que impugne la información del expediente para que se adjunte permanentemente del expediente.
Problemas o quejas
Tiene derecho a recibir información sobre cómo presentar una queja. El proveedor de servicios debe notificar los derechos de los destinatarios a cada persona en el momento de la admisión y publicar los derechos en un lugar visible. Si tiene algún problema o queja, la persona que dirige el programa es responsable de asegurarse de que sus derechos estén protegidos. Si esto no funciona o es inapropiado, hay otras organizaciones que pueden ayudarlo.
Servicio Jurídico de Higiene Mental, Primer Departamento Judicial
41 Madison Ave., piso 26,
Nueva York, NY 10010
(212) 779-1734
Centro de justicia
Investiga las denuncias de abuso y negligencia que involucran al personal del programa que interactúa con los pacientes de manera regular y sustancial. Para obtener más información, visite el Centro de Justicia. O comunícate por teléfono al 855-373-2122.
Defensa del paciente
Investiga o inspecciona el problema, se pone en contacto con el programa y trabaja para resolver los asuntos de manera rápida y justa. La línea directa de defensa del paciente está abierta de lunes a viernes, durante el horario laboral normal. Las llamadas deben hacerse desde el estado de Nueva York.
Oficina de Servicios y Apoyo a las Adicciones
501 7th Avenue,
Nueva York, NY 10018
https://oasas.ny.gov
Llamada gratuita: 1-800-553-5790
Oficina de Salud Mental del Estado de Nueva York
44 Holland Ave. ,
Albany, Nueva York 12229
Llamada gratuita: 1-800-597-8481
In English: 1-800-597-8481
Protección y defensa de las personas con enfermedades mentales (PAIMI)
Abogados de Nueva York para el Interés Público
151 W. 30th Street, piso 11,
Nueva York, NY 10001-4007
(212) 244-4664